La vulneración de la legislación comunitaria es el dictamen que Nils Whal, abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, ha alegado para declarar que el céntimo sanitario con el que algunas comunidades autónomas gravaban el transporte no es conforme a derecho, por lo que España podría verse obligada a devolver 13.000 M€ que lleva recaudados en este concepto. El fallo responde a un litigio de una empresa de transporte establecida en Cataluña que pidió la devolución de los 45.000 € que hubo de pagar por esta tasa sobre carburantes impuesta para financiar la sanidad.
Whal alega que el céntimo sanitario persigue el mismo fin que el impuesto armonizado sobre los hidrocarburos para reducir los costes sociales (sanitarios y medioambientales), por lo que se contradice con la Directiva sobre impuestos especiales. Aunque el fallo del abogado general no es vinculante, en el 80% de los casos es refrendado por el TUE. El céntimo sanitario según el dictamen no demuestra que persiga desincentivar el consumo de hidrocarburos por otro menos perjudicial, por lo que tiene un cariz presupuestario; y tampoco sistema el sistema general de impuestos especiales o del IVA para la determinación del devengo.
Ante este fallo, España ha pedido a TUE que limite los efectos en el tiempo de la sentencia de ilegalizar el impuesto; es decir que no tenga efectos retroactivos y que se aplique al futuro. Sin embargo esto está por decidirse ya que Whal afirma que España ha asumido deliberadamente el riesgo de seguir adelante con una legislación controvertida, si bien no puede descartarse que el Tribunal de Justicia de la UE considere la limitación de los efectos en el tiempo, particularmente cuando la repercusión económica puede ser grave. El céntimo sanitario ha tenido una introducción diferente según las comunidades, mientras algunas optaron por no cobrarlo, otras como Galicia empezaron en 2004 la recaudación.
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